Se jubila el juez Peinado tras enviar a Begoña Gómez a juicio por un caso con avales y correcciones

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En el umbral de su jubilación forzosa, el magistrado Juan Carlos Peinado deja la carrera judicial tras alcanzar los 72 años y después de impulsar el proceso que enviará a juicio con jurado a la esposa del presidente del Gobierno. El caso, que se ha prolongado cerca de dos años, ha encendido polémicas y revisiones judiciales que lo mantienen en el centro del debate público.

Una trayectoria que concluye

Peinado se incorpora al retiro legal este domingo, cuando cumple la edad límite fijada por la normativa que regula la permanencia en la magistratura. Aunque la ley permite ampliar la actividad más allá de los 65 años si se notifica con antelación, la salida es obligatoria al alcanzar los 72.

Expedientes y escritorio vacío en un juzgado que simbolizan la jubilación del juez
El despacho vacío del juzgado tras la jubilación del magistrado.

Ingresó en la carrera judicial en 1994 por la vía reservada para juristas de reconocida trayectoria y, tras destinos en Ávila, Toledo, Albacete y Getafe, recaló en Madrid en 2012, primero en un juzgado de lo penal y desde 2016 al frente del Juzgado número 41 de Plaza de Castilla.

El origen y el alcance de la investigación

La instrucción arrancó en 2024 a raíz de una denuncia sobre posibles influencias en contrataciones y recomendaciones firmadas por la acusada. A partir de entonces, el magistrado amplió pesquisas por querellas y denuncias que derivaron en varias imputaciones y en el examen de contratos vinculados a una cátedra universitaria.

La investigación no se limitó a la primera acusada: llamó a declarar a funcionarios y directivos vinculados al caso, e incluso citó al presidente del Gobierno, quien se acogió a su derecho a no declarar, y al ministro de Justicia, que negó responsabilidad en las contrataciones señaladas.

Tribunales superiores han corregido o anulado algunas decisiones del instructor: la Audiencia Provincial eliminó imputaciones y limitó la lista de delitos que finalmente se someterán a juicio, además de anular medidas cautelares que el juez había impuesto.

Qué ha decidido el juez antes de marcharse

Casi en los últimos días de su mandato, Peinado acordó elevar a juicio las acusaciones por posibles delitos de malversación y tráfico de influencias contra Begoña Gómez y su colaboradora, aunque la fecha del juicio aún no está fijada. La acusación popular reclama condenas que suman años de prisión, mientras que la Fiscalía y las defensas piden la absolución.

Intentos del instructor por llevar al Tribunal Supremo la investigación contra el presidente por otros delitos no prosperaron, al estimar el alto tribunal que no existían indicios suficientes para abrir causa.

  • Abril de 2024: inicio de la investigación motivada por una denuncia ciudadana.
  • 2016–2026: Peinado al frente del Juzgado nº41; carrera judicial desde 1994.
  • Revisiones judiciales: la Audiencia Provincial ha dejado sin efecto varias imputaciones y medidas cautelares.
  • Situación actual: apertura de juicio con jurado para los dos acusados; fecha pendiente.
  • Posturas: acusación popular reclama penas; Fiscalía y defensas solicitan absolución.

Implicaciones públicas y jurídicas

El proceso no es solo un caso penal: tiene impacto político y simboliza tensiones sobre la gestión pública y la transparencia en la contratación. La celebración de un juicio con jurado contra la cónyuge del jefe del Ejecutivo eleva la atención mediática y plantea interrogantes sobre la percepción ciudadana de la Justicia y de las instituciones.

Sala de la Audiencia con la bancada del jurado vacía y el estrado visible
La Audiencia de Madrid donde se celebrará el juicio con jurado.

Desde el punto de vista procesal, las decisiones de la Audiencia y del Tribunal Supremo sobre el alcance de las pesquisas marcan límites relevantes: muestran cómo la instrucción puede ser corregida en instancias superiores y reducen la esfera de los hechos que llegarán efectivamente a juicio.

Cómo se formará el jurado

El juicio, que se celebrará en la Audiencia de Madrid, estará presidido por un magistrado de ese órgano y compuesto por nueve ciudadanos legos.

El proceso de selección comienza con un sorteo público que extraerá 36 candidatos del censo de jurado, tras el cual cada seleccionado responde un cuestionario sobre causas de incompatibilidad o impedimentos. Las partes pueden impugnar a determinados candidatos; en la fase final se escogerán por sorteo los nueve titulares y dos suplentes.

La ley establece mayorías específicas para las decisiones del jurado: se requieren al menos siete votos para que un hecho sea considerado probado cuando perjudica al acusado, y también siete votos para una condena por cada delito; cinco votos bastan para absolver en los supuestos previstos.

Próximos pasos y dudas aún abiertas

Queda por determinar la fecha del juicio y cómo las revisiones previas influirán en la estrategia de las partes. La causa seguirá generando interés por su cruce entre ámbitos judicial y político, y por las decisiones que adopten los tribunales superiores conforme avance el procedimiento.

El cierre de la etapa profesional de Peinado, con su última resolución pendiente de efectos prácticos, subraya además la dinámica de una instrucción que llegó a la fase de juicio justo antes de su jubilación.

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