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El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 20 días de suspensión impuesta a un guardia civil por beber alcohol y exhibirse en el gimnasio del Departamento de Seguridad de la Presidencia, instalaciones que el agente tenía a su cargo. La Sala de lo Militar entiende que su conducta dañó la dignidad del cuerpo y subraya el riesgo que suponen incidentes así en dependencias vinculadas a la seguridad institucional.
Los hechos sucedieron en abril de 2022: el agente debía cubrir el turno de tarde del gimnasio, con responsabilidades de supervisión y conservación de las máquinas. Según el relato probatorio que mantiene el Supremo, permitió la entrada y el consumo de alcohol en el recinto y participó en la ingesta junto a otros compañeros.
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A media tarde, entraron en la sala un inspector —jefe de los escoltas del presidente— y un subinspector de la Policía Nacional. Ambos describieron al guardia con claros signos de embriaguez: fuerte olor a alcohol, voz afectada, frases incoherentes y un acto de desnudamiento parcial en posición de cuclillas, durante el cual mostró el glúteo.
La sanción inicial la impuso la Dirección General de la Guardia Civil y fue ratificada por el Tribunal Militar Central. Frente a ello, el agente interpuso recursos administrativos y judiciales que ahora han sido rechazados por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.
Fundamentos de la decisión
La sentencia subraya que el tribunal de instancia contó con varias pruebas testificales que, según los magistrados, desactivan la presunción de inocencia respecto de la conducta descrita. Además, el Supremo rechaza que la conducta no haya afectado a la imagen del instituto: al encontrarse presentes personas externas a la Guardia Civil, el incidente trascendió más allá del ámbito interno.
También fueron desestimadas las alegaciones del recurrente sobre supuesta indefensión procesal y sobre exceso en la sanción: el tribunal concluye que la penalidad se ajusta a la ley y que su graduación atendió a las circunstancias específicas del caso.
- Ubicación: gimnasio del Departamento de Seguridad de Presidencia.
- Fecha de los hechos: abril de 2022.
- Función del sancionado: responsable del gimnasio.
- Comportamiento reconocido: consumo y facilitación de alcohol, estado de embriaguez y exposición parcial ante terceros.
- Decisiones anteriores: sanción dictada por la Dirección General, confirmada por el Tribunal Militar Central y ahora por el Supremo.
El fallo destaca la importancia de la disciplina en espacios vinculados a la seguridad pública y la prevención de conductas que puedan menoscabar la confianza ciudadana en las fuerzas del orden. Para la Guardia Civil, subraya la necesidad de mantener controles internos estrictos en dependencias con acceso a personal civil y policial.
Con la resolución del Tribunal Supremo, el expediente sancionador queda cerrado en sede penal-administrativa; no consta en la sentencia la imposición de medidas adicionales más allá de la suspensión confirmada.












