El Tribunal Supremo ha ordenado el levantamiento de las restricciones impuestas al empresario Víctor de Aldama en el conocido como caso mascarillas, tras quedar firme la resolución que condenó a varios implicados. La decisión cambia de inmediato su situación procesal en ese expediente, aunque no elimina otras medidas vinculadas a causas distintas.
En una providencia emitida por la Sala de lo Penal, el Alto Tribunal dispuso la extinción de las cautelares que le había impuesto el instructor del sumario: retirada del pasaporte, prohibición de salida del país y comparecencias quincenales. La Sala subraya que, pese a que aún existen trámites complementarios —como recursos planteados por los condenados—, la firmeza de la sentencia hace innecesarias esas medidas preventivas.
Sin embargo, la liberación de estas cargas procesales no es total. De Aldama continúa sujeto a restricciones derivadas de otra investigación: el llamado caso hidrocarburos, instruido en la Audiencia Nacional por el magistrado Santiago Pedraz, que mantiene la prohibición de salir del territorio sin permiso judicial y la obligación de comparecer semanalmente.
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Medidas: qué se ha quitado y qué se mantiene
- Levantadas (tributarias al caso mascarillas): retirada del pasaporte; veto a salir del país; comparecencias cada 15 días.
- Vigentes (relacionadas con el caso hidrocarburos): prohibición de salida sin autorización judicial; comparecencias semanales.
La sentencia que motivó esta resolución condenó a De Aldama por delitos vinculados a la organización criminal y el cohecho. A los magistrados les constó su colaboración con la investigación, por lo que aplicaron una atenuante y suspendieron la ejecución de la pena —de cuatro años de prisión— en reconocimiento de su aportación al esclarecimiento de los hechos.
Por su parte, los otros dos principales encausados en el expediente quedaron con penas más elevadas: el exministro José Luis Ábalos fue condenado a 24 años y tres meses, y su exasesor Koldo García a 19 años y ocho meses, por delitos que incluyen organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación.
Fuentes judiciales consultadas señalan que, aunque la eliminación de las medidas cautelares reduce las limitaciones inmediatas sobre De Aldama, la firmeza de la sentencia no altera la existencia de otras causas ni de los recursos ordinarios que puedan mantenerse en trámite. En particular, los incidentes de nulidad presentados por Ábalos y García siguen pendientes de resolución y podrían influir en aspectos concretos del proceso.
En clave práctica, este movimiento del Supremo implica que De Aldama recupera una parte de su libertad de movimiento y deja de presentar comparecencias quincenales por el caso mascarillas, pero sigue sujeto a controles periódicos y a la prohibición de viajar por la causa que instruye Pedraz. La resolución marca, en cualquier caso, un paso relevante en el calendario judicial de los implicados y en la evolución de ambos procedimientos.












